Transporte terrestre

Los pasajes de micros de larga distancia suben 12%

Los pasajes suben desde el lunes, con lo que alcanzarán un incremento del 27% en lo que va del año.

Por Sección Economía

El Gobierno autorizó hoy a las empresas de micros de larga distancia a elevar el precio de los pasajes en un 12 por ciento a partir del lunes, con lo que alcanzarán un incremento del 27% en lo que va del año. 

La administración central publicó la actualización de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) para el transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional, que fue fijada en 0,744 pesos por kilómetro, informa la agencia NA.

La resolución 1516 de la Secretaría de Transporte publicada en el Boletín Oficial indicó que ese valor regirá a partir del 1° de diciembre y será tomado por las compañías del sector para establecer la tarifa de referencia. 

Este nuevo aumento -que regirá desde el 1 de diciembre- indica que los pasajes de larga distancia aumentarán un 12 por ciento, en lo que se convierte en el segundo incremento del año: en enero de 2014 los boletos ya habían subido hasta un 15%. 

La medida se tomó tras las presentaciones realizadas recientemente por la Asociación de Empresarios del Transporte Automotor (Aaeta); la Cámara Empresaria de Larga Distancia (Celadi) y la Cámara de Empresarios de Autotransporte de Pasajeros (Ceap). 

Según se explicó en la resolución, la decisión se tomó luego de una serie de relevamientos en los que se constató que se cumplen los requisitos establecidos, a los fines de actualizar los valores tarifarios correspondientes. 

Además, en la resolución se indica que mediante el artículo 6 del Decreto 2.407 del 26 de noviembre de 2002 se aprobaron las normas y características relativas a la recategorización de los vehículos y a la aplicación de Bandas Tarifarias de los Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera, de carácter Interjurisdiccional que se desarrolla en todo el país. En esa misma normativa se dispuso que la Secretaría de Transporte, en su carácter de autoridad de aplicación, puede modificar estas normas en el supuesto que fundadas razones de interés público lo requieran.

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